TÍTULO III
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Art. 7.- Para el cumplimiento de sus atribuciones y el despacho de los asuntos que le competen, la estructura orgánica de la Cámara de Diputados de la República, se compone de los órganos siguientes:
I.- Órganos sustantivos:
- Pleno de la Cámara de Diputados;
- Bufete Directivo;
- Comisión general y comisiones permanentes, especiales y bicamerales.
II.- Órganos políticos:
- Comisión Coordinadora;
- Bloques partidarios.
III.- Órganos de apoyo a la función legislativa:
- Secretaría General;
• Departamento de Coordinación de Comisiones;
• Oficina Técnica de Revisión Legislativa;
• Departamento de Elaboración de Actas de Sesiones;
• Departamento de Transcripción Legislativa;
• Departamento de Reproducción, Archivo y Correspondencia;
• Contraloría Legislativa;
- Auditoría Legislativa;
- Consultoría Jurídica.
IV.- Órganos de consulta y asesoría:
- Oficina Permanente de Asesoría del Congreso Nacional (OPA);
- Centro de Documentación e Información del Congreso.
Extraído del Reglamento Interno.